Todo empresario que se haya planteado emprender en el turismo activo se ha encontrado con la dificultad de conocer y contratar los seguros de turismo activo correctamente. Del mismo modo que aquellos con experiencia han tenido problemas con la cobertura de los seguros o los precios desorbitados.
En Andalucía EcoActiva sabemos que este es un tema muy importante y que suscita muchas preguntas, por eso queremos introducirte al tema con este post.
Los riesgos en el turismo activo
Un buen empresario de turismo activo tiene como premisa la seguridad en todas sus actividades. Sin embargo, nadie está exento de que se de una situación adversa. Los accidentes existen, esto es una realidad, por eso es tan importante estar preparado y cubierto antes cualquier circunstancia. De este modo nos aseguramos también de que nuestros clientes tengan las mejores garantías si ocurre algo.
Cualquier tipo de actividad puede suponer ciertas lesiones. Podemos encontrarnos con clientes que sufren fracturas, contusiones o torceduras y somos nosotros los que tendremos que hacer frente a las consecuencias.
La seguridad preocupa a todos, también a la administración. Y es que en caso de que se de un accidente, la persona perjudicada puede hacer una reclamación solidaria contra la empresa, el monitor, los empleados en general e incluso la administración.
Normativa que se aplica a los seguros de turismo activo
La normativa que se aplica a los seguros de turismo activo se toma de:
- el Código Civil
- la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte y el Real Decreto 894/1993
- la Ley para la Defensa de Consumidores y Usuarios
- la legislación autonómica pertinente. En el caso de Andalucía se trata del Decreto 20/2002 de la Consejería de Turismo y Deporte de Andalucía, de Turismo en el medio Rural y Turismo Activo.
Seguros obligatorios para el turismo activo
Seguro de responsabilidad civil
El objetivo de este seguro es que se cumpla la indemnización a terceros por daños y perjuicios causados en el ejercicio de una actividad y de cuya consecuencia seamos civilmente responsables.
Para que una situación genere responsabilidad civil con indemnización debe haberse causado daño a un tercero. Igualmente, debe demostrarse que ese daño es real y es causa de los actos de la persona responsable. El perjuicio, además, debe poder valorarse económicamente.
Hay dos tipos de seguros de responsabilidad civil, el general y el profesional, pero también una serie de garantías adicionales que deberás tener en cuenta. Dependiendo de tu actividad, te vendrán bien unas garantías u otras.
Seguro de accidentes
El seguro de accidentes para empresas de turismo activo cubre las lesiones provocadas por causas ajenas al asegurado y que producen invalidez temporal o permanente, o la muerte. Es decir, se trata de cubrir los daños personales que puedan sufrir los usuarios de una actividad de turismo activo.
Además del fallecimiento o la incapacidad, este seguro cubrirá también los gastos de asistencia sanitaria y los gastos de rescate y salvamento. A este respecto, deben tener en cuenta que la administración pública puede reclamar estos últimos gastos si detecta negligencia o culpa en el organizador. Estos gastos, además, pueden llegar a ser muy elevados, por lo que conviene estar muy seguro de lo que nos cubre realmente nuestro seguro y las cuantías que nos garantiza la aseguradora.
Un consejo para finalizar
En Andalucía EcoActiva contamos con un especialista en seguros de turismo activo, que trabaja con empresas de turismo activo y ecoturismo en toda España. Asociado también de la Asociación Nacional de Empresas de Turismo Activo, tiene el más alto nivel de experiencia, justo lo que necesita tu empresa. Ponte en contacto con nosotros y podrás hablar con él. No te la juegues y asegúrate el mejor asesoramiento.