El pasado martes 1 de Septiembre el Gobiernos Andaluz aprobaba una serie de medidas destinadas a continuar reduciendo los riesgos de contagio de Covid-19.
Esta última normativa modifica parte de la Orden del 19 de junio sobre medidas preventivas del Covid-19 en materia de salud pública. Esta actualización se centra en varios aspectos, como celebraciones de eventos y actividades de tiempo libre y animación.
Celebraciones y Eventos
Se establece que los salones de celebraciones tendrán un máximo del 75% del aforo, con celebraciones que no superarán las 150 personas al aire libre y 100 en espacios cerrados. Deberán cumplir con los horarios previstos para hostelería, siendo el consumo de bebida y comida se hará exclusivamente en mesa.
También se permite celebrar congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, ferias comerciales y otros eventos sin superar el 75% del aforo. Esto se hará manteniendo la distancia interpersonal establecida, el uso de mascarilla y la estricta higiene de manos. Podrán extenderse hasta la 1:00 horas y la ocupación máxima será de 10 personas por mesa o agrupación de mesas. En los eventos multitudinarios que se celebren en espacios cerrados y concentren a más de 200 personas o 300 personas si son al aire libre, se deberá realizar una evaluación del riesgo por parte de la autoridad sanitaria.
Actividades de tiempo libre y animación
Podrán realizarse actividades de tiempo libre destinadas a la población infantil y juvenil cuando éstas se lleven a cabo al aire libre con un aforo máximo del 75% o 150 participantes. En espacios interiores, el aforo no superará el 50% de la capacidad, hasta un máximo de 100 participantes, incluyendo los monitores.
Por su parte, las actividades de animación o clases grupales en alojamientos turísticos tendrán un aforo máximo de 15 personas, respetando distancia de seguridad y uso de mascarilla, y se realizarán preferentemente al aire libre.
Finalmente, las actividades de turismo activo y en la naturaleza se podrán realizar en grupos de hasta 30 asistentes y en aquellas actividades con guía turístico no se superarán los 20 participantes.
Descarga AQUI EL DOCUMENTO BOJA con las últimas modificaciones.